Palacio de Lavalle

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CONDE o CONDESA: Discrimen ?

Date: 11 Oct 2001
Time: 08:15:08
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~Detalles, sobre: En Quien debe recaer un Titulo* Nobiliario Español.

Hace siete siglos, el rey Alfonso X estableció en: La Ley de Las Partidas,que los Títulos Nobiliarios serían heredados por el Hermano Varón* de más Edad.

Ya en pleno Siglo XX, el dictador Franco suscribió plenamente las palabras de aquel Rey, manteniendo una Ley que anteponía los Derechos de los Hombres de una familia frente a los de las Mujeres.

Sin embargo, con la llegada de la Democracia, el Artículo 14 de la Constitución Española de 1978 estableció la igualdad jurídica de Hombres y Mujeres.

Por este motivo, numerosas Mujeres pertenecientes a Familias que ostentan Títulos Nobiliarios decidieron exigir su Derecho a heredarlos frente a sus Hermanos varones más jóvenes.

A partir de 1987,la: Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo, dictó varias sentencias en las que reconocía el Derecho de las mujeres a heredar el Título Nobiliario que disputaban a algún Varón de su familia.

Sin embargo,esta interpretación "constitucionalista igualitaria" de la Ley, fue rechazada en 1997 por el Tribunal Constitucional; que prefirió el criterio Histórico de Supremacía del Varón.

La consecuencia de esta Sentencia, fue la desestimación de unas 70 demandas que otras tantas mujeres habían presentado en diferentes juzgados, aunque no se restableció a los Hombres los títulos otorgados por el Supremo a varias Mujeres.

Al declarar, que: La Sucesión Nobiliaria es un Acto Privado que se rige por Leyes Históricas especiales, el Tribunal Constitucional puso fin para siempre a una creciente reivindicación igualitaria que afectaría a Hombres muy influyentes.

Algunas de las Mujeres perjudicadas por la decisión del Constitucional decidieron recurrir al Tribunal de Estrasburgo, que en Noviembre de 1999 también desestimó su demanda.

~Texto Completo,ver: <http://www.prensamujer.com/010906/sociedad.htm>

Last changed: October 11, 2001